Separaciones y divorcios de mutuo acuerdo
Se puede solicitar judicialmente la separación o el divorcio de mutuo acuerdo una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio, presentando una demanda judicial a la que se acompañará una propuesta de convenio regulador.
El convenio regulador deberá contener al menos los siguientes extremos:
- Determinar la persona a cuyo cuidado deben quedar los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de esta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
- Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta siempre el interés de aquellos.
- La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
- La liquidación , cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
- La pensión compensatoria, en su caso, que corresponda satisfacer a uno de los cónyuges.
Nuestros abogados expertos redactaran el convenio regulador siguiendo los acuerdos de los cónyuges, tratando en todo momento de conciliar posiciones y llegando a soluciones intermedias, teniendo presente siempre el interés de los menores.